¿Qué es Form 9423?
El Formulario 9423, Solicitud de apelación de cobro (Collection Appeal Request), solicita a la Oficina Independiente de Apelaciones del IRS (IRS Independent Office of Appeals) que revise una medida de cobro con la que no estás de acuerdo, conforme al Programa de Apelaciones de Cobro (Collection Appeals Program, CAP). Incluye gravámenes fiscales federales, embargos o embargos propuestos, incautaciones y acuerdos de pagos rechazados, modificados o cancelados (o propuestos para modificación o cancelación). También puede usarlo un tercero cuyos bienes estén sujetos a una medida de cobro. La edición vigente es Rev. February 2020.
Los plazos son breves y dependen de la medida. En el caso de un gravamen, embargo o incautación, primero debes solicitar una reunión con el supervisor del empleado del IRS; si no se resuelve el asunto, debes comunicar a la oficina de Cobros en un plazo de dos días laborables que apelarás, y la oficina debe recibir el formulario o tenerlo matasellado dentro de los tres días laborables posteriores a la reunión; de lo contrario, el cobro puede reanudarse. Para una decisión sobre un acuerdo de pagos, debes entregar el formulario a la oficina o al agente de cobros que tomó la medida dentro de 30 días naturales. El formulario se envía a esa oficina de Cobros, nunca directamente a Apelaciones.
FileIt te guía por cada línea, comprueba que tu explicación quepa en el recuadro e imprime todo en el PDF oficial del IRS, que se guarda en tu bóveda. Tú (o tu representante autorizado) lo firmas y lo entregas personalmente; FileIt nunca envía nada al IRS.
- Quién lo completa
- Un contribuyente, un tercero cuyos bienes estén sujetos a una medida de cobro del IRS o su representante autorizado.
- A quién se entrega
- A la oficina de Cobros del IRS (o al agente de cobros) que interviene en la medida, no directamente a Apelaciones.
- Plazo
- Gravamen, embargo o incautación: dentro de los 3 días laborables posteriores a la reunión con el supervisor. Acuerdo de pagos: dentro de 30 días naturales.
- Firmas
- El contribuyente o el representante autorizado (uno de los dos), bajo pena de perjurio.
- Edición
- Rev. February 2020
- Agencia
- Servicio de Impuestos Internos (Internal Revenue Service, IRS), Departamento del Tesoro
¿Quién debe completar Form 9423?
- Contribuyentes que enfrentan un embargo de su salario o cuenta bancaria, o un embargo propuesto, que consideran incorrecto.
- Contribuyentes cuyos bienes han sido o serán incautados, o contra quienes se ha presentado o se presentará un Aviso de gravamen fiscal federal (Notice of Federal Tax Lien).
- Contribuyentes cuyo acuerdo de pagos fue rechazado, modificado o cancelado, o fue propuesto para modificación o cancelación.
- Terceros cuyos bienes están sujetos a un gravamen, embargo o incautación por la deuda tributaria de otra persona, o cuya solicitud para emitir certificados de gravamen fue denegada.
Cuándo usar Form 9423
- Después de que una reunión con el supervisor de Cobros no haya resuelto una disputa sobre un gravamen, embargo o incautación, dentro de los tres días laborables posteriores a esa reunión.
- Si solicitaste una reunión con el supervisor y no se pusieron en contacto contigo dentro de dos días laborables: el formulario debe recibirse o tener matasellos dentro de los cuatro días laborables posteriores a tu solicitud.
- Dentro de 30 días naturales desde que se rechazó, modificó o canceló un acuerdo de pagos. No es obligatorio reunirse con el supervisor, aunque el IRS lo recomienda encarecidamente.
- Después de una incautación, la apelación ante el supervisor de Cobros debe presentarse dentro de los 10 días laborables posteriores a la entrega o colocación del Aviso de incautación (Notice of Seizure) en tu domicilio o negocio.
Qué necesitas antes de empezar
- El nombre del contribuyente, su SSN o EIN, números de teléfono y dirección.
- El nombre y teléfono de tu representante, y una copia del Formulario 2848 si comparecerá sin ti.
- El tipo de impuesto (formulario fiscal), los períodos fiscales que apelas y el impuesto adeudado.
- Qué medidas de cobro apelas y la fecha de tu reunión con el supervisor (o de tu solicitud para celebrarla).
- Tu explicación y solución propuesta, además de copias de cualquier documento que respalde tu postura.
Qué contiene Form 9423
La edición de 2020 tiene 2 páginas. FileIt lo organiza en 4 partes y lo firman Taxpayer or representative:
- Lines 1 to 10: Taxpayer and representativeTaxpayer or representative
- Lines 11 to 14: The tax and the collection actionTaxpayer or representative
- Line 15: ExplanationTaxpayer or representative
- Line 16: Who signsTaxpayer or representative
Cómo completar Form 9423, paso a paso
1 Líneas 1 a 10: quién apela
Introduce el nombre del contribuyente, su SSN o EIN, los números de teléfono del negocio y del domicilio, la dirección, ciudad, estado y código postal. Si tienes un representante, introduce su nombre y teléfono y adjunta una copia del Formulario 2848, Poder notarial (Power of Attorney).
2 Líneas 11 a 13: el impuesto
Introduce el tipo de impuesto (el formulario fiscal), los períodos fiscales que apelas y el impuesto adeudado.
3 Línea 14: las medidas
Marca todas las medidas de cobro que apelas: gravamen fiscal federal, embargo o embargo propuesto, incautación, o rechazo, cancelación o modificación de un acuerdo de pagos.
4 Línea 15: tu explicación
Explica por qué no estás de acuerdo con cada medida y cómo resolverías tu problema fiscal, por ejemplo, mediante un pago que puedas permitirte. Si no se pusieron en contacto contigo después de que solicitaras una reunión con el supervisor, indica la fecha de tu solicitud y explícalo. Adjunta páginas adicionales y copias de documentos justificativos si es necesario. Por lo general, Apelaciones pide a Cobros que revise cualquier información nueva y comparte sus comentarios contigo.
5 Líneas 16 y 17: firma
Indica si firma el contribuyente o el representante autorizado (solo uno); después, firma y pon la fecha. La declaración se realiza bajo pena de perjurio.
Errores comunes que debes evitar
- No cumplir el plazo. Para gravámenes, embargos e incautaciones, el plazo se cuenta en días laborables desde la reunión con el supervisor.
- Enviar el formulario directamente a Apelaciones. Debe enviarse a la oficina de Cobros que tomó la medida.
- Omitir la reunión con el supervisor al apelar un gravamen, embargo o incautación: debe hacerse primero.
- Explicar el desacuerdo, pero no proponer una solución. El formulario pide ambas cosas.
- Marcar las dos casillas de firma. Solo firma el contribuyente o el representante.
Después de completarlo
Fírmalo y pon la fecha, adjunta los documentos justificativos (y el Formulario 2848 si hay un representante) y entrégalo a la oficina de Cobros o al agente de cobros correspondiente dentro del plazo. FileIt guarda una copia en tu bóveda.
Normalmente, el IRS detiene la medida de cobro que apelas hasta que se resuelva la apelación, a menos que considere que el cobro o el importe adeudado están en riesgo.
La decisión de Apelaciones es vinculante para ti y para el IRS, y no puedes obtener una revisión judicial de ella después de un CAP, aunque pueden existir otras vías de revisión (por ejemplo, una reclamación por embargo indebido). Las Publicaciones 594 y 1660 explican el proceso.
Completa Form 9423 en línea con FileIt
- Elige a la persona. Elige a alguien de Personas y FileIt completará su nombre, fecha de nacimiento, dirección y otros datos que ya conoce.
- Responde preguntas sencillas. Completa una parte del formulario cada vez, con el texto de ayuda oficial junto a cada pregunta — 21 campos en total. Tus respuestas se guardan a medida que avanzas.
- Consulta la vista previa en tiempo real. Observa cómo tus respuestas aparecen en el formulario real de Internal Revenue Service (IRS) y deja que FileIt haga los cálculos de las hojas de trabajo.
- Genera el PDF oficial. FileIt introduce tus respuestas en el PDF propio de la agencia y lo guarda en la carpeta de esa persona en tu bóveda. Fírmalo o envíalo para firma electrónica.
FileIt completa el formulario, pero nunca lo presenta ni lo envía por ti. Entrega el formulario terminado a quien te lo haya solicitado, tal como indican sus instrucciones.
Empieza Form 9423 ahora — es gratisForm 9423: preguntas frecuentes
¿Qué puedo apelar con el Formulario 9423?
Embargos e incautaciones, Avisos de gravamen fiscal federal (Notices of Federal Tax Lien), gravámenes presentados sobre bienes de un alter ego o un testaferro, certificados de gravamen denegados, acuerdos de pagos rechazados, modificados o cancelados, y ciertas solicitudes denegadas para devolver bienes embargados.
¿Dónde envío el Formulario 9423?
A la oficina de Cobros que interviene en la medida, o a la oficina o al agente de cobros que tomó la medida relacionada con tu acuerdo de pagos. Nunca lo envíes directamente a Apelaciones.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar el Formulario 9423?
En el caso de un gravamen, embargo o incautación, la oficina debe recibirlo o tenerlo matasellado dentro de los tres días laborables posteriores a tu reunión con el supervisor de Cobros. Para una decisión sobre un acuerdo de pagos, dentro de 30 días naturales.
¿El IRS dejará de cobrar mientras apelo?
Normalmente, el IRS detiene las medidas de cobro con las que no estás de acuerdo hasta que se resuelva la apelación, a menos que tenga motivos para creer que el cobro o el importe adeudado están en riesgo.
¿Puede alguien representarme?
Sí: un abogado, un contador público certificado o una persona autorizada para ejercer ante el IRS. Para que comparezca sin ti, presenta un Formulario 2848 completado.
¿Puedo acudir a los tribunales si pierdo la apelación?
No para revisar la decisión del CAP en sí: es vinculante y no está sujeta a revisión judicial. Puede haber otras vías administrativas o judiciales para ciertos asuntos, como una reclamación de un tercero por embargo indebido ante un tribunal de distrito.
Fuentes oficiales
- Formulario en blanco (PDF), publicado por Internal Revenue Service (IRS): https://www.irs.gov/pub/irs-pdf/f9423.pdf
- Instrucciones y orientación oficiales: https://www.irs.gov/forms-pubs/about-form-9423
- Edición mostrada en esta página: Rev. February 2020 (comprobada el 2026-10-01).
FileIt no está afiliado ni cuenta con el respaldo de Internal Revenue Service (IRS) ni de ningún gobierno. Esta página explica el formulario en términos generales y no constituye asesoramiento jurídico, fiscal ni migratorio. Lee siempre las instrucciones oficiales y comprueba que utilizas la edición que acepta el destinatario. Última revisión de la página: 2026-10-01.